Medicina Especializada en Salud Ocupacional: (Ingreso, periódico, egreso, alturas, manipulación de alimentos, cambio de Ocupación y Posincapacidad).

INGRESO :

Este examen determina  las  condiciones   de  salud  física,  mental  y  social  del  aspirante   antes  de  su vinculación,  en función  de las condiciones  de trabajo  a las  que estaría expuesto,  acorde con los requerimientos de la tarea y perfil del cargo,   para  desempeñar   en  forma  eficiente  las  labores  sin perjuicio de su salud o la de terceros,  comparando  las  demandas  del cargo para el cual se desea contratar  con sus capacidades  físicas  y mentales;  establecer  la existencia  de restricciones    que   ameriten   alguna   condición    sujeta   a   modificación,    e   identificar condiciones   de  salud  que  estando  presentes  en  el  aspirante,  puedan  agravarse   en desarrollo del trabajo.

EGRESO:

Su objetivo es valorar y registrar las condiciones de salud en las que el trabajador se retira de acuerdo con las funciones que desempeñó, y diagnosticar una posible enfermedad  laboral  o  secuelas  de  eventos  profesionales  -no   diagnosticados,  ocurridos durante el tiempo  en que  la  persona laboró.

MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS:

El examen médico se debe realizar a todo el personal, que maneje directa o indirectamente algún tipo de producto alimenticio. Todo manipulador de alimentos se debe practicar exámenes de Laboratorio específicos: Frotis de garganta, KOH de uñas (para detectar hongos), coprológico. El concepto de aptitud será emitido por el médico especialista, previa lectura de exámenes de Laboratorio. Estas valoraciones tienen validez de un año.

CAMBIO DE OCUPACIÓN :

Examen  médico ocupacional cuando se requiere cambio de ocupación, medio ambiente laboral, de funciones, tareas, o exposición a nuevos o mayores factores de riesgo, con el  objetivo de garantizar que el trabajador se mantenga en condiciones de salud física,  mental y social, acorde a los requerimientos de las nuevas funciones y sin que las nuevas condiciones de exposición afecten su salud.

PERIÓDICO :

Esta valoración detecta enfermedades de origen común, con el fin de establecer un manejo preventivo, y establece el monitoreo a  la  exposición  a factores  de riesgo  e  identificar  en forma  precoz,  posibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud del trabajador, ocasionadas por la labor o por la exposición al medio ambiente de trabajo

ALTURAS :

Esta  evaluación médica ocupacional para trabajo en alturas tiene una valoración médica con énfasis osteomuscular y cardiovascular, un examen de optometría, un examen de audiometría, test de fobias  y  exámenes de  laboratorio clínico. Hematocrito,   perfil  lipídico  y glicemia.

La Resolución  1409 de 2012 «Para efectos de la aplicación  de la presente resolución,  se entenderá su obligatoriedad en todo trabajo en el que exista el riesgo de caer a 1,50 m o más sobre un nivel inferior».  (Subrayado fuera de texto), es entonces que toda persona que su labor  cumpla  con  la  condición  de  altura  establecida  anteriormente,  deberá  aprobar  el respectivo examen que se establezca en el programa de seguridad y salud en el trabajo para trabajos en alturas.

POS INCAPACIDAD :

Esta valoración se realiza cuando el trabajador  por quebrantos de salud bien sea por enfermedad de origen común o laboral,  se reintegre después de una incapacidad.    El  trabajador debe llevar al momento de este examen,  el resumen de historia clínica, y las recomendaciones dadas por el médico tratante. El especialista emitirá recomendaciones laborales   pertinentes según las condiciones del trabajador, al momento de la evaluación.

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